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Invertir en Argelia

Invertir en Argelia

Tras las reformas estructurales y jurídicas emprendidas por el Estado, la economía argelina ha experimentado profundos cambios en los últimos años a favor de la creación de un clima favorable para el desarrollo de la actividad económica y la promoción de inversiones nacionales y extranjeras.

Esto ha convertido a Argelia en un destino preferido para un número creciente de empresarios y empresas de diferentes regiones del mundo, principalmente de Europa, de América del Norte, de Medio Oriente, de China, de India y del sudeste asiático.

Beneficios para los inversores en Argelia

  • Estabilidad política y económica;
  • Infraestructura sólida, funcional y moderna que cumple con los estándares internacionales;
  • Una mano de obra calificada, joven y competitiva;
  • Costos competitivos de los factores de producción;
  • Medidas de incentivos a la inversión;
  • Ayudas en términos financieros a través de bancos públicos;
  • Una intensificación de los acuerdos internacionales de protección y de arbitraje, en particular, la adhesión a convenios internacionales de protección de los inversores, relativos a garantías y al arbitraje internacional.

 

Con el fin de mejorar el clima de inversión, el Gobierno de Argelia ha retirado del Código de Inversión el tope adoptado en 2009 sobre la participación extranjera en el capital de una empresa nacional (la llamada regla 51-49). Además, la Ley de Finanzas para 2020 introdujo este sistema solo para sectores de naturaleza estratégica, cuya lista restrictiva se publicará por reglamento.

La ley de finanzas de 2020 también contiene incentivos fiscales para las start-up y la creación de 4 tipos de zonas industriales en todo el país para albergar estas nuevas empresas y crear un fondo para apoyarlas.

La L.F autorizó «cuando sea necesario y de manera selectiva» el uso de financiamiento externo de instituciones financieras internacionales para el financiamiento de proyectos económicos estructurales y rentables.

Esquema de incentivos dedicado a la inversión.

La Ley n° 16-09 del 03 de agosto de 2016 sobre la promoción de inversiones (Diario Oficial N ° 46 del año 2016) ofrece varias ventajas en beneficio de los inversores.

Comunes a inversiones elegibles

A / Proyectos realizados en el NORTE

1- Fase de realización:

a- exención de derechos de aduana para bienes importados y directamente involucrados en la realización de la inversión;

b- exención del IVA para bienes y servicios importados o adquiridos localmente directamente involucrados en la realización de la inversión;

c- exención del impuesto de transferencia a titulo oneroso y del impuesto sobre la publicación de bienes inmuebles, para todas las adquisiciones de bienes inmuebles realizadas en el marco de la inversión en cuestión;

d- exención de las tasas de registro, del impuesto sobre la publicación de bienes inmuebles, así como de la remuneración estatal relacionada con las concesiones de bienes inmuebles construidos y no construidos destinados a la realización de proyectos de inversión. Estos beneficios se aplican por la duración mínima de la concesión otorgada;

e- reducción del 90% sobre el monto de la tarifa de alquiler anual fijada por los servicios de dominios durante el período de realización de la inversión;

f- exención del impuesto a la propiedad sobre propiedades inmobiliarias que caigan dentro del alcance de la inversión, por un período de diez (10) años, a partir de la fecha de adquisición;

g- exención de derechos de registro en los actos de constitución de empresas y los aumentos de capital.

 

2- Fase de operación o explotación:

Por un período de tres (3) años para proyectos que crean hasta cien (100) empleos al comienzo de la actividad y después de haber constatado el inicio de la actividad establecida por los servicios fiscales en la diligencia del inversor:

a- exención del impuesto sobre las utilidades de las empresas (IBS);

b- exención del impuesto sobre la actividad profesional (TAP);

c- 50% de reducción en el monto de la tarifa de alquiler anual fijada por los servicios de dominios

 

B / Proyectos realizados en el SUR, en las Altas Mesetas y en áreas cuyo desarrollo requiere de una contribución especial de parte del Estado.

1-Fase de realización:

a-exención de los derechos de aduana para los bienes importados y que entren directamente en la realización de la inversión;

b-exención del IVA para bienes y servicios importados o adquiridos localmente directamente involucrados en la realización de la inversión;

c- exención del impuesto de transferencia a titulo oneroso y del impuesto sobre publicación de bienes inmuebles, para todas las adquisiciones de bienes inmuebles realizadas en el marco de la inversión en cuestión;

d- exención de las tasas de registro, del impuesto sobre la publicación, así como de la remuneración estatal relacionada con las concesiones de bienes inmuebles construidos y no construidos destinados a la realización de proyectos de inversión. Estos beneficios se aplican por la duración mínima de la concesión otorgada;

e- exención del impuesto a la propiedad sobre propiedades inmobiliarias que caen dentro del alcance de la inversión, por un período de diez (10) años, a partir de la fecha de adquisición;

f- exención de derechos de registro en los actos de constitución de empresas y de aumentos de capital.

g- El Estado puede hacerse cargo, de modo parcial o total, previa evaluación por parte de la agencia de los gastos, de las obras de infraestructura necesarias para la realización de la inversión;

h- la reducción en el monto de la tarifa de alquiler anual fijada por los servicios de dominio bajo la concesión de terrenos para la realización de proyectos de inversión:

  • A un Dinar simbólico por metro cuadrado (m2) por un período de diez (10) años y 50% del monto de la tarifa estatal más allá de este período para inversiones ubicadas en localidades dentro de las Altas Mesetas y otras áreas cuyo desarrollo requiere una contribución especial del Estado;

 

  • A un Dinar simbólico por metro cuadrado (m2) por un período de quince (15) años y el 50% del monto de la tarifa estatal más allá de este período, para proyectos de inversión ubicados en las wilayas (provincias) del Gran Sur.

 

2- Fase de operación y por un período de diez (10) años.

  • Exención del impuesto sobre las utilidades de las empresas;

 

  • Exención del impuesto sobre la actividad profesional;
  • 50% de reducción en el monto de la tarifa de alquiler anual establecida por los servicios de dominios.

Beneficios adicionales: en beneficio de actividades privilegiadas y / o de creación de empleo.

Se trata, en primer lugar, de incentivos fiscales y financieros específicos establecidos por la legislación vigente, a favor de las actividades turísticas, industriales y agrícolas.

Estas ventajas no se pueden combinar con las que confiere la ley sobre promoción de inversiones, en cuyo caso se aplica el incentivo más ventajoso.

El segundo tipo de beneficios adicionales se refiere a inversiones que crean más de cien (100) empleos permanentes, realizados fuera de las áreas a promocionar, para los cuales la duración de los beneficios operativos de exención de impuestos se fija en cinco (5) años.

Beneficios excepcionales: inversiones de particular interés para la economía nacional.

1-Fase de realización:

  • Todas las ventajas comunes de la realización;

 

  • Otorgamiento, de conformidad con la legislación vigente, de exenciones o reducción de derechos de aduana, impuestos, tasas y cualquier otro cargo de naturaleza fiscal, de subsidios, ayuda o apoyo financiero, así como todas las facilidades que puedan otorgarse;

 

  • Posibilidad, previo acuerdo del Consejo Nacional de Inversiones (CNI), de transferir los beneficios de realización a los contratistas del inversor beneficiario, responsable de llevar a cabo la inversión, en nombre de este último.

2- Fase de operación:

  • Se extiende por un período de hasta diez (10) años, la duración de los beneficios operativos comunes,

 

  • Se concede el régimen de compra libre de impuestos para bienes y materiales utilizados en la producción de bienes que se benefician de la exención del impuesto al valor agregado.

 

Fuente: Agencia Nacional de Desarrollo de Inversiones (ANDI), a cuyo sitio web se puede acceder «aquí» para obtener más detalles.